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Seguro de Vida

AIG México Compañía de Seguros, S.A. de C.V.

¿Qué y contra qué le cubre este Seguro?

Características

Este seguro le cubre tanto a usted (como titular del crédito) como a su cónyuge (esposo o esposa) * Sólo si compareció y firmó como coacreditado.

De esta manera, al fallecimiento de cualquiera de los dos, el saldo insoluto de su préstamo quedará pagado. De igual forma, en el momento en que a cualquiera de los dos se les dictaminara un estado de Invalidez Total y Permanente por accidente o enfermedad se liquidará el saldo del crédito.

El seguro de vida tiene una suma asegurada del 100% del saldo insoluto del crédito.

Es indispensable que se mantenga al corriente del pago de su crédito para mantener vigente el seguro.

Es importante que recuerde que las siguientes causas de fallecimiento o invalidez están excluidas:
 


Viajar en cualquier tipo de nave submarina.
Participar en contiendas, pruebas o carreras de seguridad o velocidad, en cualquier tipo de vehículo.
Participar en eventos de paracaidismo.
Cuando la muerte sea originada por suicidio.


Trámites


¿Qué trámite debe seguir para reclamar el Seguro de Vida?
El cónyuge o familiar más cercano deberá acudir a la oficina de Metrofinanciera donde solicitó el crédito y presentar la siguiente documentación en original y copia fotostática.

En caso de fallecimiento del acreditado y/o coacreditado

   
Acta de Defunción del finado.
Acta del Ministerio Público, si fue muerte accidental.
Acta de nacimiento del Finado.
Identificación oficial del Finado.
Acta de nacimiento del Beneficiario.
Identificación oficial del Beneficiario.
   
Nota: O cualquier otro documento que la Compañía de Seguros requiera.

En caso de invalidez total y permanente del acreditado y/o coacreditado
   
Acta de Nacimiento.
Identificación Oficial.
Dictamen médico de invalidez total y permanente.
   
Nota: O cualquier otro documento que la Compañía de Seguros requiera.

El plazo máximo para presentar la reclamación es de 2 años, por lo que cualquier reclamación posterior de acuerdo a la ley pudiera no proceder.

La cobertura está respaldada por AIG a través de la póliza N°: 11020



 
Tipo de Seguros
Seguro de Vida
Seguro de Daños
Seguro de Desempleo
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